l. Carga DB (Factura o comprobante de un destinatario de pago)

Primero se debe configurar los tipos de comprobantes en:

Luego, en:

Presionando

Y luego

Si el comprobante no tiene número, presionando 123.., le asigna un número aleatorio

Voy ingresando los ítems

En cuotas puedo presionar directamente si es una cuota o

En    el operador agregará un descuento o recargo propio de la factura, sin que participen notas de crédito o débito.

La particularidad es que puede ser tanto un recargo como un descuento, esto lo determina el signo con el cuál definimos el registro.

Cualquiera sea la índole del monto se registrará en el asiento respectivo, en el DEBE, sumando o restando, dependiendo si es un ingreso o un egreso.

Si necesitamos registrar un descuento se debe ingresar el monto con signo POSITIVO. Si lo que se desea es registrar un recargo se debe ingresar en NEGATIVO.

Al presionar OK me muestra el asiento correspondiente pudiendo, hasta ese momento, cambiar la imputación de ser necesario

Y presionar OK.

Corregir factura Proveedor

Menú: Contaduría/Débitos-Créditos de Proveedores/Débitos-Créditos Terminados

  • Buscamos la factura a corregir.
  • El Botón ESTADO estará habilitado si se puede corregir. Si ya pasó a otras instancias no se podrá.
  • Con el botón estado volvemos la Factura a: Activa (ingreso de débitos)
  • Luego encontraremos la factura en: Contaduría/Débitos-créditos de proveedores/Débitos-Créditos de Proveedores (Afectación definitiva)
  • Allí podremos modificarla.

Anulación de Pagos

Menú: Contaduría/Débitos-Créditos Proveedores/Débitos-Créditos Terminados

Selecciono el pago, presiono y selecciono Anulado.

El sistema deja la cuota o deuda nuevamente en el proceso a pagar de tesorería, anulando todo lo realizado anteriormente. También realiza otro asiento opuesto al del pago, con otro número, con la fecha actual, y queda grabada la anulación en . Esto se puede realizar cuando el pago no posee retenciones pagas.

CON RETENCIONES PAGAS: se posiciona sobre   , se presiona y allí se puede:

  1. ACTIVAR, lo permite pero no la modificación de las retenciones.
  2. ANULAR: no lo permite.

Para poder anular un pago de proveedor con retenciones pagas hay que anular éstas o activarlas para que permita modificar el pago.