Configuracion de convenio
Para configurar un convenio y/o moratoria.
MODULO: IMPUESTO GRAL
MENU: Impuestos/Tributos/Tributos todos
Seleccionamos el tributo al que le vamos a definir el convenio.
Si todavía no tenemos creados los cargos siguientes debemos crearlos en el botón cargos.
- CAPITAL CONVENIO
- INTERESES CONVENIO
Parados sobre el tributo, click en Impositivo, Convenios por tributo/Definición de convenios por Tributo
Click en botón AGREGAR y completamos el título con el cuál se utilizará este convenio o moratoria, y se pasa a definir cada campo:
- NOMBRE
- FECHAS: se puede completar el rango de fechas que va a tomar el proceso, en este caso cuando se realiza un convenio trae automáticamente todas las cuotas incluidas en el rango de fechas, al margen que se pueden borrar o ingresar más cuotas.
Para el caso que no se pongan fechas límites solicita en el momento de hacer el convenio “desde/hasta”
- CONFECCIONA RECIBOS SOBRE…
- VENCIMIENTOS: si se coloca una fecha en 1º vencimiento, va a ser el próximo inmediato, si no se pone fecha es el día que se confecciona el convenio.
El 2º vencimiento siempre se produce en el mes siguiente. Nunca hay dos vencimientos en el mismo mes.
- VALOR CUOTA MINIMA
- IMPRESIÓN CONVENIO: se adjunta el modelo de convenio que se imprimirá cuando se lo genere para que el contribuyente formalice la operación.
- PIDE ANTICIPO
- PLANES DE PAGO: en primer término hacerlo en forma ascendente y ordenado: 1 cuota, 6 cuotas, 12 cuotas, etc.
Se pueden poner distintos descuentos, distintos intereses, distintos anticipos.
En la 2º solapa , se encuentra la tabla de interés que se va a utilizar, los resarcitorios y, los cargos principales donde se contabilizarán capital e interés y en la pestaña se registrarán los cargos especiales que deseen se registre discriminado.
Es necesario definir INTERESES DE CONVENIO, porque cuando existe un caso de PAGO ANTICIPADO necesita restar los intereses que no van a cobrar y descontarlo de esta cuenta.
Contabilización
La contabilización se realiza dependiendo de los cargos que se hallen imputados.
El sistema toma todos los recibos abarcados, los anula y realiza nuevos recibos. Con lo cual en los nuevos recibos utiliza los cargos nuevos que determinamos.
Si en se encuentran todos los cargos que conforman el tributo, van a pasar en su proporción justa como si se repartiera el impuesto, más los intereses de convenio si los hubiera. Pero se debe tener en cuenta que son nuevos recibos y se contabiliza como si fuesen del período corriente. Si se desea que se contabilice como períodos anteriores se debe poner en el cargo de capital de convenio ya que es un nuevo cargo.
Los intereses resarcitorios de las cuotas originales los capitaliza.