Fiscalizacion

FISCALIZACION DReI – TASA COMERCIAL

Para realizar un proceso de fiscalización es indispensable contar con la información al momento de iniciarla. Para ello los períodos del impuesto en cuestión deben estar ACTIVOS, o sea declarados o realizadas las rectificativas. Solo se fiscalizan recibos activos.

Para iniciar la gestión es necesario pararse sobre el contribuyente y presionar el botón , y ubicarse sobre el DERECHO DE REGISTRO e INSPECCION. También se puede ubicar sobre la ficha de cuenta corriente del DReI, y en el botón , se habilita el menú:. Luego, al igual que en todos los procesos de UNIRE, se coloca, y el sistema pide que fecha se va a controlar

En la primera vista se puede cambiar la fecha (donde en tiempo real se van modificando los intereses, y por ende los totales), se observa el interés punitorio (QUE ES EL 50% DEL RESARCITORIO), y una columna de MULTAS. En multas se debe presionar , donde se coloca el % de multa que corresponde, siendo el tope el 100%. La multa se calcula sobre el capital + resarcitorio + punitorio. Presionando  de punitorios se puede vaciar el contenido.

Se pueden ingresar mas recibos o quitar recibos de la FISCALIZACION mientras esta permanezca ACTIVA.  Los recibos permanecerán en ESTADO “Candado”.

También se puede realizar una preliquidación de convenio sobre este proceso.

Los procesos que se pueden realizar sobre una fiscalización son:

LIQUIDACION DE DEUDA

CONVENIOS

TITULOS EJECUTORIOS

Para ejecutar cualquiera de estos procesos es necesario dar por terminada la fiscalización, donde los recibos pasarán a estado ACTIVO, pero su importe final estará compuesto por CAPITAL +  RESARCITORIOS + PUNITORIOS + MULTA.

Si se desea anular el proceso de FISCALIZACION se debe cambiar el estado a BORRADO.

Si un grupo de recibos se encuentra en una fiscalización no puede formar parte de otra fiscalización, al igual que en todo proceso (convenio, liquidación de pago, etc.).

Debemos resaltar que el contribuyente no puede realizar ningún tipo de operatoria con los períodos fiscalizados. Si se encuentra en una operatoria ACTIVA o TERMINADA, no pueden realizar ningún tipo de rectificativa.

Si se va a utilizar la fiscalización hay que tener en cuenta que en las plantillas de contabilización hay que agregar estar variables para que cuando se emita y cobre estos recibos se encuentren las imputaciones correspondientes.