Resumen Ganancias
liquidación con retención ganancias
POR AHORA SE PUEDE LIQUIDAR EN EL SISTEMA DE ENERO A DICIEMBRE (PERÍODO FISCAL) POR FECHA DE LIQUIDACION
EN ALGUNOS LUGARES TERMINAN EL PERÍODO CON EL SAC DE DICIEMBRE (QUE SE PAGA EN DICIEMBRE) E INICIAN EL NUEVO PERÍODO FISCAL CON EL SUELDO DE DICIEMBRE (YA QUE TOMAN LA FECHA DE PAGO QUE ES EN ENERO DEL AÑO SIGUIENTE), ES DECIR QUE SE MANEJAN CON LA FECHA DE PAGO Y NO DE LIQUIDACION, POR AHORA NO ESTÁ RESUELTO PARA PODER REALIZARLO ASÍ EN EL SISTEMA. NO PODEMOS LIQUIDARLO EN UNIRE
O SEA QUE PARA OFRECERLO Y QUE LO PUEDAN USAR, DEBEN TOMAR FECHA DE LIQUIDACION, ES DECIR DE ENERO A DICIEMBRE
PARA EMPEZAR
SE DEBE CARGAR LA FORMULA DE GANANCIAS EN CADA UNA DE LAS LIQUIDACIONES, (REMUNERATIVO + NO REMUNERATIVOS – SALARIO FAMILIAR – DESC JUB – DESC OBRA SOCIAL- DESC. SINDICATO O APORTE SOLIDARIO SINDICATO),EL RESULTADO se multiplica POR 1,0833333
FORMULA DE PROVISION SAC (LA MISMA FORMULA SIN LOS NO REMUNERATIVOAS,REEMPLAZAR 1,0833333 POR 0,0833333)
CARGAR LAS TABLAS DE ESCALAS Y DE DEDUCCIONES (EN TABLAS) TENER EN CUENTA QUE LA QUE PUBLICA EL AFIP CORRESPONDE AL MONTO ANUAL, POR LO QUE DEBEN DIVIDIRSE POR 12
BAJAR TODOS LOS MESES DEL SIRADIG LAS DEDUCCIONES QUE INFORMAN LOS EMPLEADOS, IR A CADA EMPLEADO Y DAR DE BAJA LAS QUE NO CORREN MAS Y CARGAR LAS NUEVAS, VERIFICAR SI ALGUNO DE LOS HIJOS CUMPLE LOS 18 AÑOS, PORQUE HAY QUE DARLE DE BAJA LA DEDUCCION. ( LA DEDUCCION ESPECIAL , LA DEL MINIMO NO IMPONIBLE, Y LA ESPECIAL POR SAC, VAN SIEMPRE)
SE DEBEN CREAR LOS CONCEPTOS DE:
– RETENCION DE GANANCIAS QUE LLEVA EN PRECIO LA VARIABLE RetencionGanancia() , cantidad va 1
– DEVOLUCION GANANCIAS EN PRECIO VA[230] , cantidad va 1
– Retención IG Año Anterior (UNA VEZ REALIZADA LA DECLARACION ANUAL SE CARGAN EN NOVEDADES CON EL MONTO CORRESPONDIENTE)
– Devolución IG Año Anterior (UNA VEZ REALIZADA LA DECLARACION ANUAL SE CARGA EN NOVEDADES CON EL MONTO CORRESPONDIENTE)
HASTA EL 30/03 EL EMPLEADO PUEDE PRESENTAR UNA O VARIAS DEDUCCIONES DEL AÑO ANTERIOR. POR LO QUE HACEMOS UN REPORTE CON LO DEL AÑO ANTERIOR Y LE AGREGAMOS LAS DEDUCCIONES QUE PRESENTE EL EMPLEADO DESPUÉS DEL 31-12 DEL AÑO CERRADO; EL NUEVO VALOR DE RETENCIÓN O DEVOLUCION QUE RESULTE DESPUÉS DE LO QUE AGREGÓ EL EMPLEADO DE ENERO EN ADELANTE, PARA EL EJERCICIO CERRADO, DEBE RETENERSE O DEVOLVERSE EN ABRIL COMO RETENCION O DEVOLUCION PERÍODO ANTERIOR.(CARGA MANUAL)
PARA EL CASO DE QUE EL EMPLEADO INGRESE EN OTRO MES QUE NO SEA ENERO, HAY QUE CARGARLE EL PRIMER MES LAS DEDUCCIONES: ESPECIAL Y EL MINIMO NO IMP MULTIPLICADO POR LA CANTIDAD DE MESES QUE CORRESPONDA, POR EJEMPLO SI ENTRA EN ABRIL VAN MULTIPLICADAS POR 4. AL MES SIGUIENTE SE DEBEN ACTIVAR (EL SISTEMA LAS MUESTRA COMO TERMINADOS) Y COLOCAR EL IMPORTE CORRESPONDIENTE A UN MES NORMAL, SIN MULTIPLICAR POR NADA. SI EL EMPLEADO VENÍA DE OTRO TRABAJO HAY QUE PEDIRLE LOS RECIBOS CORRESPONDIENTES PARA CARGAR LOS INGRESOS Y DEDUCCIONES ANTERIORES, Y RETENCIONES SI LAS TUVO
PARA EL CASO DEL EMPLEADO QUE SE JUBILA SE DEBEN MULTIPLICAR ESTAS DOS DEDUCCIONES POR LOS MESES QUE FALTAN PARA TERMINAR EL AÑO, YA QUE EL EMPLEADO NO TENDRA MAS INGRESOS Y LE CORRESPONDEN EL TOTAL DE LAS DEDUCCIONES ANUALES. EJEMPLO EL ULTIMO MES QUE SE LE LIQUIDA ES OCTUBRE, SE DEBEN ACTIVAR Y CORREGIR, MULTIPLICANDO POR LOS MESES QUE FALTAN A FIN DE AÑO, OCTUBRE, NOVIEMBRE Y DICIEMBRE, MULTIPLICO POR 3
SI SE CREA UNA NUEVA LIQUIDACION DEBE COMPLETARSE LA SOLAPA DE GANANCIAS CON LAS FORMULAS CORRESPONDIENTES.
CONCLUSIONES: SI UN EMPLEADO TIENE UN DESCUENTO DE GANANCIAS, Y SU SUELDO NO VARIA EN EL TIEMPO, DEBE TENER LA MISMA RETENCION LOS DOCE MESES DEL AÑO. (SIRVE PARA PROBAR EN EL DEMO COMO TRABAJAN LAS FORMULAS), SI LE AUMENTO EN EL DEMO MUCHO UN MES VERÉ QUE EL MONTO DE RETENCION DE GANANCIA AUMENTA, Y SI LE BAJO EL SUELDO PUEDE BAJAR O BIEN SI ES MUCHO QUE SE REBAJA FIGURAR UN CONCEPTO DE DEVOLUCION DE GANANCIAS
SI EL EMPLEADO TIENE OTRO TRABAJO, Y LO INFORMA EN EL SIRADIG, DEBEMOS CARGARLO PARA QUE EL SISTEMA LO TOME
SI VIENE DE UN TRABAJO ANTERIOR, PEDIRLE LA INFORMACIÓN DE ESE TRABAJO PARA CARGARLA EN EL SISTEMA, Y EN ESE CASO NO DEBEN CARGARSE LAS DEDUCCIONES POR LOS MESES ANTERIORES COMO CUANDO SE TRATA DE ALGUIEN QUE NO HA TENIDO TRABAJO FORMAL EN TODO EL AÑO