Tributos Cementerio

El tributo cementerio (Tasas) puede cobrarse en forma mensual, bimestral, anual. Lo define el municipio, basándose en los inmuebles de cementerio y en la normativa existente al respecto.

Se liquidan con el resto de los impuestos del municipio.

Los recibos eventuales se utilizan para cobrar  inhumación, traslados, reducción, etc. (Derechos). Pueden liquidarse en el mismo cementerio en caso de contar con los medios.