Desde 2021 Novedades para liquidar ganancias al personal
A tener en cuenta para liquidar ganancias al personal
A partir del año 2021 para saber si sobre un empleado recae el impuesto a las ganancias, debemos analizar el sueldo bruto.
La AFIP publica una tabla y determinada hasta que monto de sueldo bruto no corresponde retener, en el caso que sea menor a la tabla, debe crearse una deducción especial incrementada parte 1, que equiparará la ganancia neta con el total de deducciones, por lo que la retención da cero (0)
En el caso que el bruto del empleado (se considera el bruto del mes y se compara con el promedio del bruto de todos los meses, el que resulte menor) se encuentre dentro del rango de la tabla publicada, la AFIP en dicha tabla determina un monto que se carga como deducción especial incrementada parte 2, por que lo que la retención de ganancias sufre una disminución al sumar dicha deducción.
Si el bruto (el que resulte menor) supera el tope de la tabla, no se le agrega al empleado ninguna deducción, por lo que mantiene el cálculo tal como se hacía antes de los cambios de AFIP.
Para el caso que llegado junio el promedio del bruto sea menor a la tabla, no se incorporará a ganancias lo que gane el empleado como SAC, de igual forma en diciembre.
Cabe aclarar que, si el empleado venía sin descuentos, pero en junio o diciembre supera con el promedio del bruto el importe mínimo o base (tabla) para el cálculo de ganancias, se toma para ganancias el SAC completo.